Constitución española
de 1978.
Artículo
8.
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Recordar que la Constitución asigna a las
Fuerzas Armadas la misión de “defender la integridad territorial de España” es constatar
un hecho, no la sugerencia de que el Estado las emplee en Cataluña para restablecer
la unidad territorial, si se fragmentara.
Si los
representantes de los ciudadanos españoles de Cataluña decidieran su escisión
de España y la proclamación de Cataluña como Estado independiente del Estado español, se rompería la integridad
territorial de España.
El Estado
Español podría aceptar tácita o explícitamente la escisión catalana y la legalidad
del Estado resultante, o rechazarla e intentar restablecer la unidad.
Puede hacer lo
segundo mediante el empleo de las fuerzas armadas, como la Constitución lo
faculta, o a través de negociaciones políticas, presiones diplomáticas, manifestaciones
callejeras o campañas publicitarias para que los votantes rechacen la separación.
¿Y qué es
previsible que hagan los gobernantes españoles, en el caso de que los
gobernantes catalanes proclamen la independencia?
Naturalmente,
descartarán emplear a las Fuerzas Armadas porque, si lo hicieran, perderían los
votos, de los que depende que sigan gobernando.
¿Por qué?
Porque los españoles
han sido sistemáticamente entrenados desde 1975 para que acepten como natural la
violencia de los que violan la ley, pero no la de los que recurran a la fuerza
para hacerla cumplir.
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